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Foto del escritorJose Anfossi

¿Debes declarar los ingresos que ganan por tener propiedades en arriendo?

Arriendo SII

El Servicio de Impuestos Internos (SII) entregó una serie de detalles al uso que tuvo el Asistente de Arriendo de Bienes Raíces (en el marco de la Operación Renta 2024), que habilitó en su sitio web, para facilitar a los dueños de tres o más propiedades DFL-2 en arriendo, o de una segunda propiedad en arriendo no DFL-2 (de más de 140 m2), el cumplimiento de la obligación legal de informar los ingresos obtenidos por este concepto.


¿Quiénes deben declarar ingresos por arriendo?


Las personas naturales y jurídicas que generan ingresos a partir del arriendo de bienes raíces deben incluir estos ingresos en su declaración anual de renta, según las características de las propiedades y los contratos de arriendo.


El Servicio de Impuestos Internet (SII) especifica que se debe considerar lo siguiente:


-En el caso de las personas con ingresos por arriendo de hasta 2 bienes raíces habitacionales DFL-2 (menor a 140 m2), no tienen la obligación de declarar, ya que los arriendos por las dos primeras viviendas acogidas a este beneficio son considerados no renta, es decir, se encuentran exentas de impuesto. Sin embargo, sí pueden utilizar el asistente voluntariamente para informar el uso que dan a sus propiedades y asegurarse de que no deben incluir esos ingresos en su declaración de renta. -A partir de la tercera vivienda acogida al beneficio, sí deben declarar los ingresos por concepto de arriendo obtenidos, independiente de la fecha de adquisición, para la determinación del impuesto si corresponde. Ello implica un cambio, ya que anteriormente las viviendas DFL-2 adquiridas antes de 2010 estaban exentas de la obligación. -Si la vivienda no es DFL-2 o corresponde a otro tipo de bienes raíces, como oficinas, bodegas y/o estacionamientos, la persona tiene la obligación de incorporar siempre el monto obtenido por este concepto en su declaración de Renta anual, para el cálculo del impuesto a pagar. -Las personas con actividades de primera categoría, (empresa y empresario individual) no tienen el beneficio de DFL-2 y deben declarar siempre. *Fuente: SII.

Declaración de ingresos por arriendos


El SII informó que el uso del Asistente de Arriendo de Bienes Raíces alcanzó una alta focalización este año: 101,156 contribuyentes declararon ingresos afectos al Impuesto Global Complementario (IGC) por un total de $893,498 millones.


La subdirectora de Fiscalización del SII, Carolina Saravia, destacó que este asistente se desarrolló para facilitar el cumplimiento tributario, especialmente tras el cambio legal que obliga a declarar ingresos por arriendos desde la tercera propiedad DFL-2.


En la Operación Renta, 116,445 contribuyentes declararon ingresos por arriendos, un aumento del 356% respecto a 2023. De estos, el 87% utilizó el Asistente de Arriendo de Bienes Raíces. Los montos totales declarados aumentaron de $445,726 millones en 2023 a $1,102,304 millones en 2024.


Además, 97,886 contribuyentes quedaron en el tramo afecto al IGC, incrementando la proporción de declarantes en este tramo en 16 puntos porcentuales. También, 50,845 contribuyentes aumentaron su tasa de IGC debido a esta declaración, generando un monto adicional de impuesto de $154,707 millones.


Saravia concluyó que estos resultados demuestran la efectividad de la estrategia preventiva y de facilitación del SII.


Cabe recordar que la Ley N° 21.420 que reduce o elimina exenciones tributarias, estableció que todas las personas naturales que posean viviendas económicas acogidas a DFL-2 del año 1959 (de hasta 140 m2), deben tributar por los ingresos que estos bienes raíces generen por arriendos a partir de la tercera vivienda, independiente de la fecha de adquisición de estos. Esta Ley eliminó también la exención a todos los contribuyentes que no sean personas naturales, por lo que, a partir de esta Operación Renta, también las y los contribuyentes personas jurídicas deben tributar a todo evento por estos ingresos. Este año, se introdujeron además modificaciones a la Declaración Jurada 1835 sobre bienes raíces arrendados, con el objetivo de actualizar las obligaciones de información relativas al arriendo de bienes raíces agrícolas y no agrícolas, ampliando las operaciones que comprende informar, lo que permite obtener más datos para el control del impuesto a la renta por los arrendamientos.

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